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Mecanismos de participación Ciudadana

Ilustre Municipalidad de San Pablo

A continuación se presentan los mecanismos de participación ciudadana que este Organismo (Ilustre Municipalidad de San Pablo) pone a disposición de sus usuarios.

Nombre del mecanismo de participación ciudadana Descripción del mecanismo de participación ciudadana Requisitos para participarEnlace a mayor información
Audiencias Públicas Las audiencias públicas son un medio por las cuales el Alcalde y el Concejo conocerán acerca de las materias que estimen de interés comunal, como asimismo las que no menos de cien ciudadanos de la comuna le planteen. Pertenecer a cualquiera organización territorial o funcional de la comuna de San Pablo, o ser habitante residente en la comuna de San Pablo. Enlace
Cabidos Abiertos o Asambleas Ciudadanas El cabildo abierto o asamblea ciudadana, será aquella instancia de participación ciudadana, consultiva, convocada por la Municipalidad, que tendrá por objeto requerir la opinión de la comunidad en temas de interés local. Se realizará, a lo menos, un cabildo abierto o asamblea ciudadana cada semestre del año respectivo. Todos los habitantes residentes en la comuna de San Pablo. Enlace
Consejo Comunal de las Organizaciones de la Sociedad Civil OBJETIVOS DE MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Se entenderá por Participación Ciudadana, la posibilidad que tienen los ciudadanos de la comuna de San Pablo de intervenir, tomar parte y ser considerados en las instancias de información, ejecución y evaluación de acciones que apunten a la solución de los problemas que los afectan directa o indirectamente en los distintos ámbitos de actividad de la municipalidad y el desarrollo de la misma en los diferentes niveles de la vida comunal. La Municipalidad de San Pablo tiene como objetivo general promover la participación de la comunidad local en el progreso económico, social y cultural de la comuna. Sus objetivos específicos son: 1.- Facilitar la interlocución entre el municipio y las distintas expresiones organizadas y no organizadas de la ciudadanía local. 2. Impulsar y apoyar variadas formas de Participación Ciudadana de la Comuna en la solución de los problemas que le afectan, tanto si ésta se radica en el nivel local, como en el regional o nacional. 3. Fortalecer a la sociedad civil la participación de los ciudadanos, y amparar el respeto a los principios y garantías constitucionales. 4. Desarrollar acciones que contribuyan a mejorar la relación entre el municipio y la sociedad civil. 5. Constituir y mantener una ciudadanía protagónica en las distintas formas y expresiones que se manifiestan en la sociedad. 6. Impulsar la equidad, el acceso a las oportunidades y revitalizar las organizaciones con orientación a facilitar la cohesión social. 7. Desarrollar acciones que impulsen el desarrollo local, a través de un trabajo en conjunto con la ciudadanía. LA ORDENANZA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y EL REGLAMENTO QUE REGULA EL CONSEJO DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL SON ALGUNO DE LOS PRIN CIPALES MECANISMOS, Y QUE SE ADJUNTAN EN DOCUMENTOS SEPARADOS PARA INFORMACIÓN

REQUISITOS DEL CONSEJO DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE LA COMUNA DE SAN PABLO

Requisitos: - Personalidad jurídica vigente y con sus dirigentes actualizados (directorio, fiscalizadora de finanzas, de ética, etc.). - Certificados de vigencia emitidos por autoridad que la otorgó (ministerios, servicios públicos o municipalidad, etc.), con antigüedad no superior a treinta días. - Acreditar al dirigente que asistirá (titular y suplente) en representación de la entidad, por medio de una carta dirigida al Alcalde de San Pablo, antes del día de las asambleas o colegios electorales.

OTROS REQUISTOS OBLIGATORIOS

Tener 18 años de edad, con excepción de los representantes de organizaciones señaladas en la Ley 19.418 sobre juntas de vecino y demás organizaciones Comunitarias. Tener un año de afiliación a una organización del estamento. Ser Chileno o extranjero avecindado en el País. No haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva.

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Cuenta Pública El alcalde deberá dar cuenta pública al Concejo y al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, reunidos en sesión conjunta, a más tardar en el mes de Marzo de cada año, de su gestión anual y de la marcha general de la municipalidad, según lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. El extracto de la cuenta pública del Alcaide será difundido a la comunidad a través del periódico municipal y la cuenta íntegra estará a disposición de los ciudadanos para su consulta en la página web municipal. Enlace
Encuestas o sondeos de Opinión Las encuestas o sondeos de opinión, tendrán por objeto explorar las percepciones y proposiciones de la comunidad hacia la gestión municipal, como asimismo, sobre materias e intereses comunales, con el objeto de definir la acción municipal correspondiente. Todos los habitantes residentes en la comuna de San Pablo Enlace
Financiamiento Conjunto Las organizaciones podrán presentar programas y proyectos específicos relativos a las funciones municipales vinculadas con necesidades sentidas de la comunidad, sea en el área asistencial o en el área de desarrollo. La colaboración municipal podrá efectuarse vía financiamiento o servicios traducidos en estudios. El financiamiento conjunto podrá tener por objetivos preferentes aquellos que en el marco de su funciones y atribuciones legales, se ajusten a las políticas y prioridades de la Municipalidad. Las organizaciones que no persiguen fines de lucro y que cuenten con personalidad jurídica vigente, podrán proponer la ejecución de actividades propias de la competencia municipal, con financiamiento conjunto. Para este objeto deberán postular a aportes o subvenciones municipales. Enlace
Fondeve y otros Fondos Concursables El Fondeve es un fondo municipal que debe destinarse a brindar apoyo financiero a proyectos específicos de desarrollo comunitario presentados por las juntas de vecinos a la municipalidad. También hay otros fondos concursables a los cuales podrán postular las organizaciones comunitarias funcionales con personalidad jurídica, para la ejecución de proyectos específicos en áreas del desarrollo comunal, tales corno el deporte (FONDEP), fomento productivo, arte y cultura, adultos mayores (FONDAM), medio ambiente (FIAL) y otras que el municipio determine priorizar. Organizaciones sociales territoriales y funcionales, con personalidad jurídica. Enlace
Mesas Territoriales
Se entenderá por mesas territoriales, la instancia de diálogo y vinculación permanente entre la Municipalidad y la comunidad organizada de los diferentes sectores de la comuna.
Comunidad organizada de los diferentes sectores de la comuna.
 
Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias
La municipalidad habilitará y mantendrá en funcionamiento una oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, abierta a la comunidad en general. Esta oficina tiene por objeto recoger las inquietudes de la ciudadanía y además ingresar los documentos o formularios con las sugerencias y reclamos pertinentes.
Las presentaciones o reclamos deberán efectuarse por escrito en documentos elaborados por el interesado o en los formularios municipales que para tal efecto se tendrán a disposición de las personas o por correo electrónico. La presentación o reclamo deberá ser suscrita por el peticionario o por quien lo represente, en cuyo caso deberá acreditarse la representatividad con documento simple, con la identificación, el domicilio completo, y el número telefónico, si procediere, de aquél y del representante, en su caso, A la presentación o reclamo deberán adjuntarse Io antecedentes en que se fundamente, siempre que fuere procedente. Las presentaciones deberán hacerse a lo menos en duplicado, a fin de que el que fas presente conserve una copia con timbre de ingresada en el municipio. El funcionario que la recibe deberá informar el curso que seguirá, indicando el plazo en que se responderá.
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Plebiscito Comunales
Se entenderá como plebiscito aquella manifestación de la voluntad soberana de la ciudadanía local, mediante la cual ésta manifiesta su opinión en relación a materias determinadas de interés comunal.
Todos los habitantes residentes en la comuna de San Pablo
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Presupuesto Participativo
El presupuesto participativo es una herramienta de democracia participativa que permite a la ciudadanía incidir o tomar decisiones referentes a los presupuestos municipales. El Alcalde, con acuerdo del Concejo, determinará las materias presupuestarias que serán tratadas en forma participativa y las modalidades de participación que se emplearán. Asimismo, determinarán cuáles materias consultadas serán vinculantes para la autoridad.
Podrán participar del programa de presupuesto participativo las organizaciones Territoriales y Funcionales de la comuna de San Pablo que cuenten con personalidad Jurídica Vigente y que no presenten rendiciones de cuantas pendiente con este Municipio
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